- TC de Chile debate para decidir si puede aplicar la disposición completa de los ahorros de pensiones en casos especiales.
Mediante el caso de la profesora María Angélica Ojeda ante el juzgado, el Tribunal Constitucional (TC) admitió la solicitud de inaplicabilidad que solicitó la Corte de Apelaciones de Antofagasta. A través de esta petición se busca la aprobación para retirar los fondos en AFP Cuprum para cancelar una hipoteca.
La señora Ojeda destaca que este dinero le ayudará a pagar deudas, porque desde su jubilación solo recibe $185 mil mensual y antes percibía 1,2 millones de dólares. Durante el debate sobre el este tipo de casos, solo se aprobó para el caso de enfermos en condiciones graves o terminales.
Sin embargo, el TC mantiene su decisión de suspender el recurso en la Corte, cuando admitió darle continuidad a la solicitud de la profesora Ojeda el pasado 24 de septiembre.
Por su parte, los abogados de Antofagasta esperan que el TC dictamine si es aplicable la legislatura 3.500, aprobada en 1980, para emitir un fallo. Esta ley detalla la conformación de un proceso para capitalizar los ingresos de forma individual.
Otras peticiones
El grupo que conforma la Segunda Sala de la Corte del Norte (Ministros Virginia Soublette, Óscar Clavería, Virginia Soublette y el abogad Fernando o Orellana), destaca lo inconstitucional que sería aprobar solicitudes de este tipo. Comentan que podría confrontar los derechos expresados en la Carta Magna y la Ley 3.500.
Al mismo tiempo, destacan que afectaría el derecho de propiedad de los empleados sobre la capitalización de sus recursos de forma individual. Afirman que un sistema económico establecido por el mercado, los recursos obtenidos por el trabajador pueden intervenirse; tampoco podrán ser utilizarlos para salir de deudas.
Esta acción ocasionaría desconocimiento de un compromiso establecido por el Estado mediante una Ley que fomenta crear pensiones básicas uniformes, las cuales están expresadas en la constitución. Allí mismo resalta que todos los habitantes deben disfrutar de este beneficio que es obligatorio para el Estado.