- La iniciativa que nace desde la oposición busca proteger al inmigrante que corra riesgos en su país de procedencia.
Siete votos a favor y seis en contra, le dieron el visto bueno a los diputados de oposición para aprobar en la comisión de Gobierno de la Cámara, la indicación a la Ley de Migración que impediría al Estado expulsar a extranjeros.
Como fundamento, el cual no fue compartido por el Ejecutivo, esta medida señala que “ningún extranjero podrá ser expulsado o devuelto al país, donde su derecho a la vida, integridad física o a la libertad personal corran riesgo de ser vulneradas en razón de su raza, nacionalidad, religión, condición social u opinión política, en conformidad a los tratados internacionales ratificados por Chile”.
Desde el oficialismo, el subsecretario del Interior, Rodrigo Ubilla, dijo que “cuando se pone el principio de la no devolución en la legislación que tiene que ver con extranjería y migración, lo que hace es confundir. Nos preocupa. Si fuera el refugio en nuestra legislación actual, estamos completamente de acuerdo y, de hecho, sí se aplica, pero cuando va en un proyecto de ley que va hacia todos los extranjeros que migran hacia nuestro país, no sólo a refugiados o asilados, nos preocupa porque la indicación, lo que hace, es confundir”. (fuente emol).
Los responsables de aprobar y promover la indicación fueros los diputados Daniella Cicardini, Raúl Saldívar (PS), Andrea Parra (PPD), Johanna Pérez (DC), Marcela Hernando (PR), Catalina Pérez (RD), y Pedro Velásquez (Independiente).
¿A quién debo preguntar más detalles si soy inmigrante?
Por estos días, el tema de los inmigrantes en Chile y las diferencias entre el oficialismo y la oposición pareciera ser un tema del cual ya estamos acostumbrados a escuchar. Sin embargo, con los cambios legales realizados en el último tiempo, quienes vienen llegando al país o los que se van por diversos temas, tienden a enredarse entre tanto cruce de informaciones y se podrían sentir desprotegidos sin saber más detalles.
El abogado experto en la materia, Jorge Bustamante, gerente general de VISA SUPPORT, señala que “la discusión que se está dando ya ha sido resuelta por la Corte Interamericana de Derechos Humanos, la cual entiende que está reconocido el derecho de cualquier persona extranjera, y no solamente a los asilados o refugiados, a la no devolución indebida cuando su vida, integridad y/o libertad estén en riesgo de violación, sin importar su estatuto legal o condición migratoria en el país en que se encuentre. La Corte ha desarrollado en su jurisprudencia la distinción entre, por una parte, el derecho a no devolución de las personas solicitantes del reconocimiento de la condición de refugiadas y refugiadas, y por otra, la “protección complementaria a la protección de refugiados”.
“En este sentido, La Corte entiende que a pesar que una persona no tenga la condición de refugiado, es un deber (y destaco esa palabra), de los Estados parte no deportar, devolver, expulsar, extraditar o remover de otro modo a ninguna persona que esté sujeta a su jurisdicción a otro Estado, o a un tercer Estado que no sea seguro, cuando exista presunción fundada para creer que estaría en peligro de ser sometida a violaciones contra su vida, integridad personal, tortura, tratos crueles, inhumanos o degradantes, o una flagrante denegación de justicia. En cumplimiento de este deber, la protección complementaria o subsidiaria, es toda protección que la entidad autorizada en el país de acogida otorga al extranjero que no tiene regularidad migratoria y que no califica como refugiado bajo la definición tradicional o la ampliada, consistente, principalmente, en no devolverlo al territorio de otro país en donde su vida, libertad, seguridad o integridad se verían amenazadas.
En resumen, lo que se está haciendo en Chile ahora es reafirmar un deber al que ya está sujeto el país, en base a los tratados internacionales sobre derechos humanos ratificados y vigentes. Causa extrañeza entonces cuando el Gobierno manifiesta que lo que se hace es confundir al proteger a todos los extranjeros y refugiados por una misma ley, porque lo que se está intentando hacer es dar igual garantía de protección a todo migrante que se encuentre en la condición de riesgo de vida que describe el artículo 22.8 de la Convención Americana de Derechos Humanos. Para estos efectos la distinción es a nivel conceptual y se debe evaluar en la técnica legislativa, pero en el fondo el principio de igual protección siempre debe ser el rector.
Es importante que la gente se informe de sus derechos y los ejerza, especialmente en estos tiempos de cambios legislativos. La principal misión de VISA SUPPORT es esa, entregar asesoría confiable en todo lo que tenga que ver con migración, facilitando, solucionando y agilizamos los procesos”, asegura el abogado y Gerente General de Visa Support, Jorge Bustamante.